Los criterios de selección fueron definidos en el Acuerdo 03 de abril 29 de 2020, en el articilo 3o:

 

ARTÍCULO 3o. Los criterios de selección para el segundo periodo académico del 2020 serán establecidos por el Consejo Directivo y aplicados en los Comité
de Admisiones de los Programas Académicos.


PARAGRAFO 1 °. El aspirante a los programas de la Corporación, exceptuando al programa de Medicina, tendrá como criterio de admisión los resultados de la
aplicación de una Prueba de Ingreso o Evaluaciones a través del cuestionario de admisión diligenciado en línea, que deberá responder y se evaluará cualitativamente como aprobado o no aprobado.


PARÁGRAFO 2o. Para el programa de Medicina, el criterio de admisión correspondiente a los resultados de la Prueba Saber 11, se ponderará acorde al peso de los diferentes componentes establecido en el Comité de Admisión del Programa. En caso de no contar con los resultados de la Prueba Saber 11, en los términos del parágrafo del artículo 1ro del presente acuerdo, se tomará como criterio los resultados de la entrevista, que se aplicará en forma virtual por las directivas  académicas del Programa de Medicina.

 

Ver Acuerdo 03 de abril 29 de 2020