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Abierta convocatoria para otorgar becas a víctimas del conflicto armado

fondo victimas del conflicto curn mayo 2014

 

La Corporación Universitaria Rafael Núñez comparte la siguiente información dirigida a los jóvenes víctimas del conflicto armado que quieran ingresar a la educación superior. Este fondo es otorgado por el Ministerio de Educación Nacional.

CONVOCATORIA PARA FINANCIAR ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LOS NIVELES TÉCNICO PROFESIONAL, TECNOLÓGICO Y UNIVERSITARIO EN EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2014

 

1. ¿De qué se trata la convocatoria del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia?

El artículo 51 de la Ley 1448 de 2011 ordena las medidas en materia de educación; en educación superior establece que las Instituciones de Educación Superior, en el marco de su autonomía, definirán los procesos de selección, admisión y matricula que posibiliten a las víctimas en los términos de la Ley, acceder a los programas académicos ofrecidos por las IES.

Así mismo, ordena al Ministerio de Educación Nacional, vincular a las víctimas dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantar las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX.

Esta convocatoria ofrece créditos 100% exonerables para adelantar programas de niveles técnico profesional, tecnológico y universitario, hasta por once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV) del valor total de la matrícula del periodo académico, ofrece un recurso de sostenimiento por semestre y por el número de créditos o el equivalente en semestres del programa académico que está condicionado a la permanencia estudiantil y a la participación en el Programa de acompañamiento de la Secretaría de Educación Distrital, la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación y la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, por uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV) , de conformidad con las pautas y parámetros que para tal efecto sean dispuestos en el Convenio Marco de Cooperación Nº389 de 2013 y el Convenio de Adhesión 03346 de 2013, en el Reglamento Operativo del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado, en las Actas de la Junta Administradora del Convenio y en el presente documento.

 

2. Requisitos para participar en la convocatoria del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia

1. Ser ciudadano/a colombiano/a.

2. No tener apoyo económico adicional para adelantar estudios de educación superior en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario de entidades nacionales u otros organismos.

3. No tener título profesional de nivel universitario

4. Estar incluido en el Registro Único de Víctimas o reconocido como tal en los fallos de Justicia y Paz. El documento de identidad con el que se inscribe el aspirante en FONDO DE REPARACIÓN PARA EL ACCESO, PERMANENCIA Y GRADUACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA la convocatoria del Fondo, debe ser el mismo con el que se encuentra registrado
en el RUV y debe estar actualizado.

5. Estar admitido en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional o estar cursando algún semestre de educación superior en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.

6. Ser egresado de colegios oficiales distritales de estratos 1, 2 o 3 y/o ser mujer víctima residente en el Distrito Capital por un periodo no inferior a cuatro años.

7. Haber presentado la prueba Saber 11.

8. Tener su propio correo electrónico.

9. Inscribirse a través de la página web del ICETEX.

Si el aspirante tiene un crédito reembolsable o exonerable activo con el ICETEX, debe cancelar el 50% de la deuda para poder legalizar le crédito exonerable que otorga el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia, en caso de ser beneficiario del mismo.

 


3. ¿Cuáles son los estudios financiados por el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia?

El Fondo financiará mediante crédito educativo exonerable un (1) programa de formación superior por beneficiario en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario en modalidad presencial a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo normal del programa académico seleccionado por el beneficiario. El Fondo financia programas únicamente en Colombia y únicamente en pregrado.

4. ¿En donde se pueden cursar los estudios financiados por el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia?

Instituciones de Educación Superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional con programas vigentes, con registro calificado activo, registrados en el SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior).


5. ¿Qué rubros y montos se financian a través del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia?


Costo de matrícula: Concierne al valor de matricula determinado por la Institución de Educación Superior que ofrece el programa académico, el costo a cubrir es de hasta once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV) por cada semestre.

Recurso de sostenimiento condicionado a la permanencia estudiantil y a la participación en el Programa de acompañamiento de la Secretaría de Educación Distrital, la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación y la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas: Concierne al valor del recurso de sostenimiento que se entrega al estudiante por semestre, este recurso se entregará durante el tiempo que dure el programa académico y solamente por el número de créditos o el equivalente en semestre que tenga el programa. El recurso es de uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV).


El proceso de operación del Crédito Educativo Exonerable del Fondo comprende las siguientes etapas:

1. Convocatoria pública.

2. Inscripción de solicitudes de crédito educativo, que se hará en línea en la página del ICETEX (administrador del Fondo) en la dirección www.icetex.gov.co link al lado izquierdo de la página "Fondos en administración". La inscripción se hace en el link "Formulario de inscripción".

3. Selección de aspirantes al crédito educativo.

4. Adjudicación de créditos solicitados.

5. Legalización de los créditos adjudicados.

6. Desembolsos de los créditos a las Instituciones de Educación Superior por concepto de costos educativos de matrícula del beneficiario del Fondo.

7. Desembolsos a los beneficiarios del Fondo por concepto de sostenimiento.

8. Proceso de exoneración del crédito, cuando resulte procedente y se gestione.

 

6. ¿Cuál es el procedimiento para la inscripción?


a. Leer detenidamente los términos, así como el reglamento operativo de la convocatoria del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia, que se adjunta.

b. Diligenciar el formulario de Solicitud de Crédito a través de la página Web (www.icetex.gov.co link "Fondos" y luego en "Formulario de Inscripción").

c. Tomar nota del ID de solicitud o radicado del registro en la página Web del ICETEX para el posterior envió de la documentación.

d. Estar atento a los resultados de la convocatoria, y en caso de ser elegido, proceder con la legalización del crédito.

7. ¿Cómo se lleva a cabo la evaluación y calificación de los aspirantes?

a. La Junta Administradora procederá a evaluar las solicitudes de financiación y documentos aportados por los aspirantes, identificando quienes cumplen con los requisitos mínimos establecidos en el numeral 2, para posteriormente proceder a la calificación.

b. Continúa la evaluación de las solicitudes con base en los criterios de evaluación.

c. Una vez evaluadas las solicitudes, para efectos de la selección de los posibles beneficiarios del Fondo y conforme a la disponibilidad de recursos existente, la Junta Administradora establecerá los montos máximos de financiación que serán aprobados a cada aspirante.

d. Con los resultados de la evaluación y selección de posibles beneficiarios realizada por la Junta Administradora, el proceso de adjudicación de los créditos educativos exonerables se efectuará como resultado de los trámites de legalización del crédito tramitados por los beneficiarios.

e. El proceso de legalización y la gestión de los desembolsos de los créditos educativos asignados se realizarán de acuerdo con lo definido en el Reglamento Operativo del Fondo y los procedimientos establecidos por el ICETEX para tal efecto.

8. ¿Qué debo tener en cuenta para legalizar mi crédito obtenido en el Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia?


Los seleccionados como beneficiarios de la financiación del crédito educativo exonerable, deberán presentar directamente a las Instituciones de Educación Superior-IES- dentro de los términos establecidos para ello, la siguiente documentación:

De orden académico:

1. Recibo de matrícula o constancia de admisión de la Institución de Educación Superior, donde se especifique el período, semestre o anualidad a cursar, la duración normal del programa académico y el valor de la matrícula.

De orden general:

 Formulario de inscripción ante ICETEX debidamente diligenciado vía Web (www.icetex.gov.co link "Fondos en Administración" y luego en "Formulario de Inscripción").

 Fotocopia del documento de identidad del posible beneficiario de la financiación.

 Fotocopia del documento de identidad de las referencias familiares.

 Fotocopia del documento de identidad de las referencias personales.

 Un pagaré con espacios en blanco. La suscripción del pagaré implica la firma del mismo por parte del beneficiario así como la impresión de las huellas dactilares. No requiere reconocimiento de firma ante notario o autoridad competente.

 Una carta de instrucciones. En la cual el posible beneficiario expresa conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX y lo autoriza para llenar los espacios en blanco del pagaré. Implica la impresión de las huellas dactilares. Requiere reconocimiento de firma ante notario o autoridad competente.

 La carta compromiso donde el beneficiario se compromete a participar en el Programa de acompañamiento de la Secretaría de Educación Distrital, la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación y de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

 Documentos que demuestren su condición de sujeto de especial protección constitucional (Muejres cabeza de familia, víctimas de violencia sexual, grupos étnicos y discapacidad).

 El ICETEX efectuará el desembolso en el término definido en los convenios con las instituciones educativas correspondientes y en un término no mayor a veinte (20) días hábiles, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Operativo del Fondo.

Una vez el ICETEX reciba la información correspondiente a la renovación de los créditos educativos para cada periodo, procederá a desembolsar los recursos a partir de los rubros autorizados por el Junta Administradora del Fondo.

9. ¿Cómo logro que mi crédito sea exonerable?


Los créditos educativos otorgados a través del Fondo serán exonerados con el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. Cumplir con la totalidad del tiempo de estudios y culminar satisfactoriamente los mismos.

b. Obtener el título o grado respectivo expedido por la Institución de Educación Superior.

c. Participar en el Programa de Voluntariado acompañamiento de la Secretaría de Educación Distrital, la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación y de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

10. ¿Cuál es el cronograma del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia?

El calendario acordado es:

Apertura convocatoria
25 de abril de 2014

Cierre de convocatoria
25 de mayo de 2014

Reunión Junta Administradora para adjudicar créditos exonerables
26 de mayo de 2014 al 06 de junio de 2014

Publicación resultados
9 de junio 2014 al 13 de junio de 2014

Legalización de créditos exonerables
16 de junio de 2014 al 18 de julio de 2014

12. Anexos de la convocatoria
 Reglamento operativo del Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado en Colombia.

 

La anterior información fue suministrada por el Ministerio de Educación Nacional, si requiere más información, por favor consulte la página del ICETEX.